Cuando las deudas superan la capacidad de pago, la primera pregunta que surge no es jurídica: es económica. Saber cuánto cuesta acogerse a la ley de segunda oportunidad resulta tan urgente como conocer si el caso tiene solución, porque quien atraviesa una situación de insolvencia no puede permitirse descubrir la factura a mitad del proceso. En 2026, los rangos de honorarios son predecibles y, en la mayoría de los casos, representan una fracción pequeña de la deuda que se puede cancelar.
Qué profesionales intervienen y cuánto cobran
El procedimiento exige la intervención de dos profesionales ante el juzgado: el abogado, que diseña la estrategia jurídica y elabora el expediente, y el procurador, que ejerce la representación procesal. Los honorarios del procurador están parcialmente regulados por aranceles y se sitúan, en procedimientos de complejidad estándar, entre 400 y 800 euros con IVA incluido.
El peso del coste recae sobre los honorarios del abogado, que son libres. Desde la aprobación de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, desapareció la obligación de contar con mediador concursal en la fase extrajudicial, lo que ha reducido de forma apreciable el coste total del proceso respecto a etapas anteriores.
Los rangos totales —abogado más procurador, IVA incluido— que maneja el mercado especializado en 2026 son los siguientes: los casos de concurso sin masa, con deuda principalmente privada y sin bienes relevantes, se sitúan entre 3.000 y 4.000 euros; los procedimientos con vivienda o deuda pública significativa oscilan entre 4.000 y 5.000 euros; y los casos complejos, con múltiples acreedores o litigiosidad añadida, pueden llegar a los 6.000 euros. La regla orientativa que aplican los especialistas es que el coste del procedimiento raramente supera el 5-10% de la deuda total que se va a cancelar: pagar 4.000 euros para eliminar 60.000 euros de pasivo es un ratio que ninguna refinanciación puede igualar.
Pago fraccionado y acceso a la justicia gratuita
La mayoría de los despachos especializados ofrecen planes de pago mensual adaptados a la situación real del cliente, lo que permite iniciar el procedimiento sin desembolso íntegro previo. Quienes no puedan asumir los honorarios tienen derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita si sus ingresos no superan el umbral fijado por la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita, que en 2026 equivale aproximadamente a dos veces el IPREM para una persona sin cargas familiares —en torno a 16.000 euros anuales brutos—.
La limitación principal del turno de oficio es la especialización: el letrado asignado puede no tener experiencia específica en derecho concursal. Por eso, muchos despachos ofrecen estudios iniciales gratuitos para determinar si el perfil del cliente permite acceder a la justicia gratuita o si el fraccionamiento de honorarios es la vía más adecuada. Desde Altaley Abogados y Economistas aplican este modelo: presupuesto cerrado desde el primer día, sin costes que aparezcan a medida que avanza el proceso.
Qué debe incluir el presupuesto sin letra pequeña
Un presupuesto bien elaborado debe cubrir, sin añadidos posteriores, el diagnóstico inicial, la gestión documental, la redacción de la demanda y la solicitud de EPI, la representación procesal completa, la defensa del plan de pagos si procede y el seguimiento hasta el auto de exoneración definitiva. También debería incluir la eliminación de ficheros de morosos y el cierre de otros procedimientos judiciales vinculados a las deudas.
Por debajo de 7.000 euros de deuda total, el coste del procedimiento puede igualar el beneficio directo. A partir de esa cifra, y especialmente desde los 10.000-15.000 euros en adelante, la segunda oportunidad es casi siempre la alternativa más eficiente frente a refinanciaciones parciales o la acumulación indefinida de recargos. Los equipos de Altaley realizan una valoración inicial sin compromiso para analizar la viabilidad del caso, estimar el coste del procedimiento y definir la alternativa más adecuada según la situación económica y jurídica de cada persona.
